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Anaya & Anaya

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Boletín Mensual
El informe mensual de Anaya&Anaya puede descargar aquí!

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XIX SIMPOSIO SOBRE REVISORIA FISCAL
El Foro de los Contadores Públicos:
Centro de Convenciones, Cartagena de Indias, Colombia.
5,6,7 de Septiembre de 2002.
Descargue las memorias internacionales aquí.

Tema: Boletín

Los artículos publicados en este tema son los siguientes.

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Boletines 1-4 del 2009
Boletín La actualizacion tributaria y societaria determina la lectura obligada por los temas que inciden en la gestion empresarial en Colombia, sucesos que acontecen todos los anos, como una receta anual. En este caso, la Firma ha preparado, una sintesis de los aspectos que llamaron nuestra atencion en Enero, a efectos de notificar el cumulo de obligaciones que se debe observar con sumo cuidado por los Gerentes y Contadores, en el primer semestre del 2009.

Los boletines 1 hasta 4 del año 2009 puede encontrar en nuestra sección de descargas.
Publicado 22 Feb, 2009 - 11:29
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Boletín 06 Del 2008
Boletín La maximización de utilidades y la gestión del año, se verá expresada por los gerentes en los reportes financieros a partir de la fecha .Uno de los elementos a considerar por los Asambleístas , lo constituye el retorno de la inversión a traves del concepto de Dividendos o Participaciones , resultando de importancia conocer los efectos tributarios que podrían existir en el tema...

El boletín está disponible en nuestra sección de descargas.
Publicado 29 Feb, 2008 - 01:36
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Boletín 01-05 del 2008
Boletín Las principales cifras y tarifas del ano 2007 y 2008, que tienen relacion
con los reportes financieros, para accionistas como para el Gobierno, se
remiten en el presente BOLETIN , a efectos de cumplir con las diferentes
obligaciones.

El boletín está disponible en nuestra sección de descargas.
Publicado 14 Ene, 2008 - 07:20
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Dividendos Gravables con Retención en la fuente
Boletín Los dividendos y participaciones que se distribuían entre los accionistas y socios, conforme a las utilidades netas de las sociedades, podrían resultar gravadas con renta o no constituir renta gravable, en aplicación de la fórmula prevista en el Estatuto Tributario articulo 49, basado en el principio, " Si la sociedad no tributa por determinados beneficios fiscales y esa renta , no paga impuestos, al distribuir como dividendo las mismas, serán gravables para los accionistas."

En consecuencia , las utilidades comerciales después de impuestos que excedían el resultado previsto en la fórmula particular constituyen renta gravable en cabeza de los socios, accionistas, asociados, suscriptores, comuneros o similares, en el año en el cual se distribuyan.

A partir de marzo 1 del 2007, según decreto 567 el Gobierno Nacional, estableció, que esa parte gravable, que se declaraba y tributaba en el año siguiente a su recibo, será sometida a retención en la fuente,en el mismo momento del pago o abono en cuenta , al aplicar la formula .En dicho evento, la sociedad deberá practicar retención en la fuente sobre la parte gravada del dividendo o de la participación, en el momento del pago o abono en
cuenta.

Detalles en nuestro el Boletín 07 del 2007
Publicado 25 Mar, 2007 - 07:24
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Boletines 1-6 del 2007
Boletín Como todos los fines de año, el Gobierno, prepara un cúmulo de normas financieras, que aplican para el siguiente período, lo cual se traduce en nuevas cargas para los contribuyentes u obligados a reportes contables o fiscales, así, como a los contadores y revisores Fiscales.

Es intención de la Firma,ANAYA & ANAYA , presentar a través de 6 Boletines la incidencia y efectos en las obligaciones con el Estado y minimizar el impacto de riesgo , por omisión en las aplicaciones por parte de la Empresa, así:

    1.Analísis de los impuestos de renta, iva y Patrimonio determinados en la nueva ley 1111.

    2.Servicios Informáticos electrónicos a reportar a la DIAN en los denominados Medios Magneticos.

    3.Actualización de los principales valores del 2006 y 2007, que se modifican en materia de impuestos.

    4.Modificaciones a la ley 100, relacionada con la salud y los aportes parafiscales y de retención en la fuente.

    5.Servicios Informáticos electrónicos y nuevos obligados a reportar a la Dian.

    6.Reportes Financieros a SuperSociedades y nuevos obligados a vigilancia a partir de abril 1 del 2007.



Recomendadmos la lectura ordenada de las nuevas disposiciones y su aplicacción en los Boletines 1-6 del 2007, disponibles en nuestra sección de descargas!
Publicado 14 Feb, 2007 - 04:38
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REFORMA TRIBUTARIA 2007
Boletín Los impuestos de renta y el complementario de patrimonio constituyen los dos aspectos sustantivos en la nueva Ley 1111 de Reforma Tributaria que rige en Colombia a partir de Enero del 2007. Por tal razón, presentamos un resumen de los cambios para tener en cuenta en la planificación corporativa del año gravable del 2007.

El Boletín Mensual 01 2007 puede descargar en nuestra sección de descargas.
Publicado 09 Ene, 2007 - 03:52
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Boletín Mensual 06 del 2006
Boletín La segunda cuota del impuesto de patrimonio, vigencia del 2006 es hasta el próximo 22 de Septiembre de 2006, finalizando así, los 3 años de vigencia que tuvo este tributo, para los contribuyentes declarantes del impuesto de renta y complementarios y siempre y cuando se cumpliera la condición básica de poseer el 1º de Enero del 2006 $3.344.378.000 de patrimonio líquido fiscal.

El Boletín Mensual 06 del 2006 puede descargar en formato PDF en nuestra sección de descargas.
Publicado 10 Sep, 2006 - 08:25
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Boletín Mensual 05 del 2005
Boletín El tema del Impuesto a las ventas, y el régimen cambiario aplicable a las exportaciones de servicios turísticos, constituyen los instrumentos utilizados por algunos hoteles de Colombia, para el nuevo desarrollo económico de la región.

Estos dos aspectos, no han sido explorados en toda su extensión para beneficio de la economía colombiana y no se están trasladando de manera completa, al turista nacional o internacional.

Cotelco y su Junta Directiva, iniciaron una campaña de difusión, ante los hoteles y agencias del país, para que los efectos tributarios o cambiarios, surtan el alivio tarifario , por lo menos en el 10 % del IVA, el cual representa un margen significativo en la negociación de paquetes turísticos; la revisión y su aplicación normativa por parte de los contadores y revisores fiscales del país, constituye un modelo generador de empleo y de inversión, no aplicados en toda su extensión.

El Boletín Mensual 05 del 2005 puede descargar en nuestra sección de descargas.
Publicado 24 Feb, 2006 - 09:45
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Boletín 04 del 2005
Boletín En consecuencia modificó el inciso primero del articulo 1º de la resolución 9704 de octubre 25 de 2004, que establece el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deban suministrar la información a que se refiere el artículo 631 del Estatuto Tributario, por el año gravable 2004.

“Las personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que se relaciona a continuación y que en el ultimo día del año gravable 2003 hubieren poseído un patrimonio bruto superior a tres mil trescientos sesenta y ocho millones ochocientos mil pesos ($3.368.800.000), o cuando los ingresos brutos de dicho año hubieren sido superiores a un mil setecientos millones de pesos ($1.700.000.000), deberán presentar por el año gravable 2004 la siguiente información en medio magnético:”

Puede descargar en el Boletín 4 del 2005 en nuestra sección de descargas.
Publicado 24 Abr, 2005 - 01:04
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Boletín 03 del 2005 - Medios Magnéticos 2004
Boletín La informaciòn del año 2004, mantiene los mismos topes requeridos para el
año 2003, en cuanto a los ingresos y el patrimonio; sin embargo, los còdigos
y subcòdigos, se actualizan, asì como los aspectos tècnicos. Los sujetos
obligados a presentar la informaciòn del año 2004, corresponde para aquellos
que presentaban al 31 de diciembre del 2003, ingresos brutos de $1.500
millones o patrimonio bruto de $3.368 millones. Los plazos para su
presentaciòn se inician a partir de mayo 16 del 2005.

El Boletín 03 del 2005 puede descargar aquí.
Publicado 29 Ene, 2005 - 05:45
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Boletín 02 del 2005 - Actualización Tributaria
Boletín Como todos los años, las diferentes cifras de la informaciòn fiscal, son
actualizadas, con el objeto de liquidar los tributos .Las pricipales cifras
de interes,se destacan en el presente Boletìn 2,.Para mayor informaciòn
consultar en nuestra sección de descargas.
Publicado 29 Ene, 2005 - 05:41
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Boletín 01 del 2005 - Precios de Transferencia
Boletín En un entorno global,las corporaciones multinacionales han venido aplicando,
los mecanismos de apoyo financiero que incrementen el valor ecònomico del
Grupo, respecto a la variable impuestos,mediante la transferencia de
recursos de una filial a otra o determinando economìas, conforme al nivel de
tributaciòn de un paìs. En contraposiciòn , los Gobiernos, han iniciado, los
mecanismos de control fiscal, para que estas sociedades,paguen los impuestos
en el paìs o filial, que generò las utilidades y fuè asì, que se determinò
en Colombia, el tema de Precios de transferencia con vigencia a partir del
año gravable del 2004, cuya reglamentaciòn se emitiò a finales del año
2004.

El Boletín 01 del 2005 puedes descargar en nuestra sección de descargas!
Publicado 29 Ene, 2005 - 05:39
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Boletín 10 del 2004
Boletín A través del concepto 038463 de la DIAN, se estableció el régimen de la deducción de salarios y los aportes parafiscales, que deben acreditarse para lograr la deducibilidad de los mismos; sin embargo, si existieren pagos no saláriales, pactados en convenciones u otros mecanismos, que no constituyen salarios, no existe la obligación de acreditar el paz y salvo o pago de los aportes parafiscales, para que las bonificaciones u otros pagos sean un gasto deducible. La obligación laboral relacionada es la retención en la fuente sobre salarios, como pago directo o indirecto del trabajador.


El documento completo puede descargar en nuestra sección de descargas.
Publicado 07 Ago, 2004 - 07:24
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Boletín 9 del 2004
Boletín El Gobierno Nacional actualizó la normatividad sobre deducción del 30 % en la adquisición de activos fijos, que realicen las personas naturales y jurídicas por los años gravables 2004 al 2007,derogando los anteriores decretos reglamentarios y fijando una posición clara sobre la terminología y conceptos aplicables en el gasto fiscal, como en el manejo del IVA.

Los activos fijos reales productivos, pueden ser construidos o fabricados o tomados en leasing por el contribuyente y el IVA pagado, puede ser tomado
como IVA descontable en Ventas, como descuento tributario en Renta o como mayor valor del activo.

En consecuencia emitió el Decreto 1766 de junio 02 de 2004 , mediante el cual se reglamenta el artículo 158-3 del Estatuto Tributario en lo referente a la deducción del valor de la inversiones efectivamente realizadas en la adquisición de activos fijos reales productivos, definiendo, este concepto.

Los activos fijos reales productivos son los bienes tangibles que se adquieren para formar parte del patrimonio, participan de manera directa y permanente en la actividad productora de renta del contribuyente, se deprecian o amortizan fiscalmente como requisito fundamental.

Así mismo, se extiende el beneficio a los activos fijos amortizables que sean tangibles.

La medida extiende el beneficio para los costos en que se incurran y que se capitalicen como mayor valor de los activos fijos para su puesta en marcha y funcionamiento. Igual tratamiento aplica para los costos incurridos por el contribuyente para la construcción propia de los activos fijos.

Hay que tener en cuenta que si el activo fijo se enajena o se deja de utilizar antes de terminar la vida útil, debe devolverse proporcionalmente el beneficio.

El beneficio no aplica para la recompra, retroarriendo o léase back de activos fijos.

El Boletín 9 del 2004 puede descargar aqui.
Publicado 13 Jun, 2004 - 09:26
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Boletín 8 del 2004 - RUT
Boletín El Registro Unico Tributario, constituye el documento de control en la relaciòn entre la DIAN y los contribuyentes.
Dada la significaciòn en los procedimientros vigentes a partir de enero del 2004, es importante adecuar los requisitos de Ley, conforme a la normatividad
conceptual que se detalla.

Descarga el Boletín 8 del 2004 aquí.
Publicado 13 Jun, 2004 - 09:20
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